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Consejos para entender los impuestos por ventas en internet

Debido al crecimiento acelerado que tuvo en México durante 2020 el comercio electrónico como resultado del aislamiento por la pandemia de COVID-19, las ventas por internet dejaron de ser una área gris para el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y con ello, los impuestos para las tiendas en línea llegaron para quedarse como en cualquier otra actividad que genere un ingreso.

Tiendanube, la plataforma de comercio electrónico que ha digitalizado a más de 100,000 tiendas en América Latina, sabe que los impuestos son un tema que puede generar miedo entre los emprendedores pero no debería ser un freno y es por ello que la firma te dice algunos puntos importantes que debes de tomar en cuenta al momento de abrir tu negocio en línea.

Crear tu propia tienda en línea es sinónimo de tener un lugar exclusivo para tu marca, donde puedes poner tus propios precios, reglas, métodos de envío y además no habrá ningún artículo de la competencia a la vista. Sin embargo, independientemente de si vendes productos o servicios, tendrás que darte de alta en el SAT bajo alguna de las opciones de persona fiscal:

  • Persona Moral: se refiere a un conjunto de personas físicas que se unen para un fin colectivo (puede ser una empresa o una asociación civil). Este régimen tiene una razón social o denominación y obtienen obligaciones fiscales desde que son creadas.
  • Persona Física: aquella que realiza una actividad económica – puede ser un empleado, un emprendedor o comerciante- las cuales se identifican por su nombre. De hecho, darte de alta como persona física, es una excelente opción si vas iniciando con tu tienda en línea ya que puedes tener un poco más de control en tus gastos para ayudar a que tu negocio crezca.

Es importante mencionar que existen dos opciones para la tributación del comercio electrónico en México como persona física:

Régimen de Actividad Empresarial

Sí bien han existido cambios a raíz de la pandemia, la tributación del comercio electrónico no ha sido la excepción, ya que a partir de enero de este año, ha entrado en vigor este nuevo régimen que viene a sustituir al Régimen de Incorporación Fiscal, la diferencia es que ahora con este nuevo, hay una reducción de las tasas de este impuesto para las personas que tengan menores ingresos, paguen menos. El RIF solo se mantiene para quienes ya estaban antes del 31 de enero de 2022 y pidieron continuar en ése.


Régimen de Simplificado de Confianza

Sí bien han existido cambios a raíz de la pandemia, la tributación del comercio electrónico no ha sido la excepción, ya que a partir de enero de este año, ha entrado en vigor este nuevo régimen que viene a sustituir al Régimen de Incorporación Fiscal, la diferencia es que ahora con este nuevo, hay una reducción de las tasas de este impuesto para las personas que tengan menores ingresos, paguen menos. El RIF solo se mantiene para quienes ya estaban antes del 31 de enero de 2022 y pidieron continuar en ése.

Una vez dicho lo anterior, y sin importar bajo qué régimen te diste de alta, los dos impuestos más comunes que tendrás que pagar si tienes una tienda en línea son:

  • Impuesto Sobre la Renta (ISR): un impuesto directo sobre las ganancias obtenidas durante el ejercicio fiscal de actividades como la venta o renta de inmuebles, o la prestación de algún tipo de servicio. Por ello, es importante llevar un registro mes a mes de nuestros ingresos y nuestros gastos, para poder demostrarle al SAT cuánto nos queda de utilidad, sobre lo que vamos a calcular pagar nuestros impuestos. 
  • Impuesto al Valor Agregado (IVA): un impuesto que se traslada, es decir este se cobra a los clientes finales cuando compran un producto o servicio. Eso significa que no es un impuesto que tú debas pagar (impuesto indirecto), sino que se lo debes cobrar a tu cliente, reservarlo y, cuando venga tu declaración mensual lo deberás pagar. 

Es importante tener en cuenta, que si eres parte de un marketplace, el proceso para darte de alta es distinto y los impuestos que deberás pagar, también varían.

Un dato fundamental a considerar en los próximos días, es que el SAT no dará atención presencial en sus oficinas del 18 al 29 de julio de 2022. El anuncio lo hizo la autoridad fiscal a través de la segunda versión anticipada de la Quinta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2022.

‘‘Un consejo que podemos darle a todos nuestros emprendedores es que pierdan el miedo a tener que realizar trámites de este tipo, y recordar que son pasos importantes que se tienen que seguir para no poner en riesgo su negocio. Si realmente quieren que su negocio crezca, no hay nada como ponerlo al corriente con este tipo de trámites que son más fáciles de lo que parecen, y por eso en Tiendanube buscamos acercarles información para que se atrevan a dar el salto y libren esta barrera a la hora de emprender” destacó Garzayn Gutiérrez, Head of Brand & Communication en Tiendanube México.

El tema de los impuestos es algo en lo que hay que profundizar y siempre estar actualizado debido a las leyes que cambian de forma constante y aún más cuando el comercio electrónico avanza de manera abrupta. Tiendanube quiere darles todas las herramientas posibles a sus emprendedores para así llevar sus negocios al siguiente nivel pero siempre será necesario buscar apoyo de un profesional en normativa fiscal para despejar cualquier otra duda.

Yesica Flores

Soy Yes, blogger desde hace más de 5 años. Me he especializado en el viejo y olvidado arte de divagar. Contacto [email protected]

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